Contratación de 4 celadores. Resultados.

BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE CUATRO PLAZAS DE CELADORES EN RELACIÓN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN CONTINUADA A LA POBLACIÓN DE LA ZONA BASICA DE SALUD DE TALAYUELA, ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL Y EL
AYUNTAMIENTO DE TALAYUELA.

I. OBJETO

El objeto de estas bases es regular el concurso para la selección de CUATRO plazas de celadores, dentro de la plantilla de personal laboral temporal de este Ayuntamiento, al amparo de lo establecido en el Convenio de Colaboración para el mantenimiento del Servicio de atención continuada a la población de la zona de salud de Talayuela, entre la Consejería de Salud y Política Social y el Ayuntamiento de Talayuela. Las funciones del celador se recogen en el artículo 20 del Decreto 67/1.996, de 21 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Independientemente de las funciones mencionadas anteriormente, la actividad fundamental será la de permanecer en el Centro de Salud, sobre todo cuando la Unidad Básica Asistencial (UBA) se tenga que desplazar fuera del Centro de Salud, así como ofrecer información a los usuarios, facilitar la comunicación de los ciudadanos con la UBA, y aquellas que desde la Gerencia del Servicio Extremeño de Salud (SES) o desde la Consejería de Sanidad y Consumo se crean necesarias para el buen funcionamiento del Centro.

II. TIPOS DE PLAZAS
Las plazas objeto de esta convocatoria se califican de la siguiente forma:
A. Número de plazas: cuatro
B. Calificación de las plazas: 4 plazas de Celador (Grupo E).
C. Destino de las plazas: El personal contratado en virtud del Convenio dependerá jurídica y laboralmente del Ayuntamiento, y funcionalmente del Coordinador del Centro de Salud de Talayuela, donde desarrollará su actividad.
D. Duración del contrato: Desde el 1 de Enero de 2.012 al 30 de junio de 2012.
E. Haberes: Los fijados para este tipo de plaza en el Convenio General para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Talayuela vigente en cada momento.
F. Jornada Laboral: 37,5 horas semanales, prestadas de lunes a domingo, en régimen de turnicidad.

III. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES
1. Para tomar parte en el concurso de selección, será necesario reunir las siguientes condiciones:

A. Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
B. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.1 c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
C. Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
D. No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desarrollo de las tareas correspondientes.
E. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado,
Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
F. No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.
G. No haber sido despedido de un puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Talayuela por incumplimiento de contrato o no superación del periodo de prueba.
H. Estar desempleado a la fecha de la contratación, debiendo acreditarse con carácter previo a la fecha de formalización del contrato. Este requisito también será exigido para las contrataciones efectuadas con motivo de bajas o sustituciones, resolución de contrato o cualquier otra vacante que pudiera sobrevenir.
Todos los requisitos exigidos anteriormente, excepto el previsto en el apartado H, tienen que reunirse el día que finalice el plazo para la presentación de instancias.

IV. INSTANCIAS
1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, cuyo modelo figura en el anexo de la convocatoria, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro General hasta el día 28 de diciembre de 2011.

2. A la instancia se acompañará la documentación (originales o fotocopias compulsadas) acreditativa de las condiciones exigidas tanto para acudir a la selección como para la valoración de los méritos de la fase de concurso).
a) Fotocopia compulsada del DNI
b) Fotocopia compulsada de la Titulación requerida.

3. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, la que será publicada en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. En dicha Resolución se señalará un plazo de dos días para la subsanación de defectos.

4. Finalizado ese plazo se hará pública la relación definitiva de aspirantes admitidos con la resolución de las reclamaciones que se hubieren presentado.

V. TRIBUNAL CALIFICADOR
1. El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente:
- Un funcionario del Ayuntamiento de Talayuela

Vocales:
- Un funcionario del Ayuntamiento de Talayuela
- Un funcionario del Ayuntamiento de Talayuela
- Un funcionario del Ayuntamiento de Talayuela

Secretaria:
- La de la Corporación o funcionario en quien delegue.

2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros con derecho a voto, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría.

3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 20 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, debiendo notificarlo a la Presidencia, en caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes.

4. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria.

VI. SELECCIÓN DE LAS PLAZAS
El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición y constará de las siguientes fases:

1) Fase de Oposición.
La oposición consistirá en la realización de un solo ejercicio. El ejercicio consistirá en la resolución de un cuestionario de 40 preguntas tipo test, sobre temas específicos de la plaza (Temario específico del SES Celadores). El tiempo de realización de esta prueba será de 45 minutos.
El ejercicio de la prueba será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de diez puntos siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. Cada respuesta correcta tendrá un valor de +0’25 puntos y cada respuesta incorrecta –0,125 puntos.

2) Fase de Concurso.
Los aspirantes que hayan obtenido una puntuación de 5 puntos en la fase de oposición, pasarán a la fase de concurso. Las circunstancias a tener en cuenta en esta fase serán las siguientes:
a) Por estar empadronado en este Municipio con una antigüedad de, al menos, 6 meses, 2 puntos.
b) Por cada mes completo de antigüedad como demandante de empleo, desempleado durante ese período, 0,05 puntos, máximo 0,50 puntos.
c) Por no percibir prestaciones o subsidios por desempleo, 0,50 puntos.
d) Por Cursos de Formación específicos directamente relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar (CELADOR) e impartidos por Centros autorizados. Hasta un máximo de 1,00 puntos.

a) De 20 a 50 horas———————0,25 puntos.
b) De 51 a 100 horas——————-0,50 puntos.
c) Mas de 100 horas——————–0,75 puntos.

Lugar y fecha de realización de la Fase de oposición:
El examen se realizará el día 4 de enero de 2012, a las 10:00 horas, en la Casa de la Cultura de Talayuela.
Puntuación total

1. La puntuación total obtenida por cada solicitante, será la suma de las obtenidas en la fase de oposición con la de la fase de concurso, será la que determine el orden de la lista definitiva que servirá para el otorgamiento de las plazas.

2. Al realizar la confección de la lista definitiva si dos o más aspirantes hubieran obtenido igual puntuación, tendrán prioridad quien tenga mayor tiempo de desempleo sin cobro de prestaciones. Si a pesar de ello persistiera el empate, se sortearía la posición en las listas.

VII. DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LOS MÉRITOS DE LOS SOLICITANTES
1. Los méritos que cada aspirante alegue para la baremación, habrán de ser justificados convenientemente mediante la entrega de originales o fotocopias compulsadas. Bien entendido que el Tribunal no calificará ningún mérito que no se encuentre justificado documentalmente.

2. Para ello deberán presentar la siguiente documentación:

1.- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo ofertado, para acreditar la condición de capacidad

2.- Certificado vida vida laboral emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Las personas que figuren de alta en el REA, para considerarse desempleadas, deberán acreditar no haber realizado ninguna jornada agrícola en el presente mes, mediante certificación expedida por la seguridad social.

3.- Certificado del INEM de no percibir prestaciones o subsidios por desempleo.

4.- Autorización para recabar la vida laboral de oficio. Anexo I.

VIII. RELACIÓN DE SELECCIONADOS
1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, la relación de todos los aspirantes con la puntuación obtenida, así como la propuesta de los aspirantes seleccionados, elevándose dicha relación al Sr. Alcalde Presidente con propuesta de su contratación.

IX. LISTA DE ESPERA O BOLSA DE TRABAJO.
Se constituirá una lista de espera o bolsa de trabajo, con vigencia durante el periodo de contratación, para el caso de resolución de contrato o cualquier otra vacante que pudiera sobrevenir, siguiendo el orden de puntuación obtenida por los restantes aspirantes. En caso de renuncia o baja de alguno de los seleccionados, este pasará a ocupar el último lugar en la lista, ocupando su puesto el siguiente de la misma. En el caso de que alguno de los seleccionados renunciara dos veces quedará fuera de la bolsa de trabajo.

IX. CONTRATACIÓN
1. En el plazo de dos días siguientes al de la fecha de la publicación de la relación de seleccionados por el Tribunal calificador, el Sr. Alcalde Presidente dictará resolución sobre la contratación de los seleccionados.

X. INCIDENCIAS
1. La presente convocatoria en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las normas establecidas en la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar resoluciones, criterios y medidas necesarias para el buen orden del concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Talayuela, 21 de diciembre de 2011.

EL ALCALDE
Fdo: Raúl Miranda Manzano

Bases de contratación de celadores 2012

Temario Celadores 2012 

Nombramiento del Tribunal de Selección de Celadores 2012 

Lista definitiva Celadores 2012 

Acta definitiva de celadores 2012 

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